Mediante esta ley se suspende la aplicacion de algunos articulos (ojo no de todo sino solamente de los articulos 5, 6, 16, 17 , 20y algunas disposiciones) del Decreto Legislativo 972, los cuales entraran en vigencia a partir del 01 de enero del 2010, pero OJO VUELVO A RECALCAR los demas articulos ya entraron en vigencia hoy 01 de enero del 2009.
La citada Ley tambien prorroga las exoneraciones del Impuesto a la Renta previstas en el articulo 19 de su ley, hasta el 31 de diciembre del 2011.
Se coordinara la realizacion de seminarios abiertos para poder exponer todas estas implicancias y estar preparados para las nuevas obligaciones tributarias.
La citada Ley tambien prorroga las exoneraciones del Impuesto a la Renta previstas en el articulo 19 de su ley, hasta el 31 de diciembre del 2011.
Se coordinara la realizacion de seminarios abiertos para poder exponer todas estas implicancias y estar preparados para las nuevas obligaciones tributarias.