Mediante Ley Nº 29491, publicada en la edición recontraextraordinaria del 31 de diciembre del 2009, se prorroga la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) a los bienes contenidos en los Apéndices I y II de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) hasta el 30 de junio del presente año.
Entendemos que la medida responde a intereses de valuación de la necesidad de continuar con dichas exoneraciones, y por lo cual se dispone su vigencia hasta medio año solamente.
Entendemos que la medida responde a intereses de valuación de la necesidad de continuar con dichas exoneraciones, y por lo cual se dispone su vigencia hasta medio año solamente.
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