La Ley Nº 29498, publicada el 19 de enero del 2010 modifica los alcances del inciso ll) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta a partir del 01 de enero del 2011.
Se precisa los alcances del criterio de generalidad en cuanto a los gastos de capacitación, dicha norma establece un límite del 5% del total de los gastos deducidos en el ejercicio.
Ver informe completo en nuestro web site: http://www.tributacionperu.com/blog/?p=105
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