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martes, 17 de noviembre de 2009

La NIC 1 prohibe expresamente emplear una partida extraordinaria


La nueva versión de la NIC 1 Presentación de Estados Financieros fue aprobada por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 034-2005-EF/93.01 y vigente desde el 01 de enero del 2006.

Dicha disposición establece en su párrafo 85:

“85. La entidad no presentará, ni en el estado de resultados ni en las notas, ninguna partida de ingresos o gastos con la consideración de partidas extraordinarias.”

Conforme a lo indicado la NIC 1 prohibe expresamente emplear una partida extraordinaria sea como cuenta gastos extraordinarios. o ganancias extraordinarias. del desfasaso PCGR, independientemente que aún pueda ser empleado en el 2010 por aplicación de la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 042-2009-EF/94.

En una auditoría tributaria interna al detectarse este tipo de presentaciones debería ser resaltado como observación en el dictamen en forma negativa respecto a la actualización del departamento contable.

www.tributacionperu.com

viernes, 23 de octubre de 2009

Distribución de dividendos con el Plan Contable General Empresarial

De los resultados acumulados en la cuenta 59 Resultados Acumulados se distribuirá una parte, por ejemplo:

S/.10,000 a 2 accionistas, una persona natural no domiciliada residente en Colombia 50% del capital suscrito y persona jurídica residente en Islas Virgenes Britànicas con el 50% del capital suscrito.

En el caso de la persona colombiana, por el criterio establecido por la Decisión 578 de la Comunidad Andina se debe aplicar el criterio de la fuente generadora de la renta. En este caso la fuente que genera la renta està ubicada en Perú por lo tanto si se debe aplicar El primer pàrrafo del artículo 11 de la Decisión 578 aborda parte del tema de los Dividendos y participaciones: “Los dividendos y participaciones sólo serán gravables por el País Miembro donde estuviere domiciliada la empresa que los distribuye.”

Por consiguiente estos dividendos que perciba la persona natural colombiana solamente estarán afectos del 4.1% del IR peruano y en Colombia no deberá pagar impuesto a la renta colombiano.

Por otra parte al otro accionista no domiciliado tambièn se le debe retener el 4.1%, con prescindencia que la persona jurídica sea residente en un país de baja o nula imposición tributaria (Islas Virgentes Británicas).

Persona natural no domiciliada residente en Colombia…….5.000……205……4,795
Persona jurídica no domiciliada residente en Islas Virgenes Británicas…….5,000……205…4,795

591 Utilidades no distribuidas. Contiene las utilidades netas acumuladas así como la corrección de utilidades de años anteriores y la liberación de excedentes de revaluación y otras actualizaciones de valor. Incluye los efectos de los cambios en las políticas contables correspondientes a años anteriores, así como los originados en la corrección de errores, cuando dan lugar a utilidades.

441 Accionistas (o socios). de préstamos y dividendos, entre otros. Obligaciones con los accionistas por concepto de préstamos y dividendos, entre otros.
Cabe indicar que en la cuenta 44. CUENTAS POR PAGAR A LOS ACCIONISTAS, DIRECTORES Y GERENTES sólo se incluye las transacciones realizadas con accionistas personas naturales; las realizadas con personas jurídicas se presentan en la cuenta 47.

47. CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – RELACIONADAS. Agrupa las subcuentas que representan obligaciones a favor de empresas relacionadas, que contrae la entidad por operaciones diferentes a las comerciales y a las obligaciones financieras.

475 Dividendos. Comprende las obligaciones con los accionistas, como remuneración al capital invertido, por declaración de dividendos. Asimismo, incluye las obligaciones que con carácter similar se distribuye en otros tipos de organización.


59. RESULTADOS ACUMULADOS..10,000
591 Utilidades no distribuidas
5911 Utilidades acumuladas
a 44.CUENTAS POR PAGAR A LOS ACCIONISTAS, DIRECTORES Y GERENTES……………………..5,000
a 4412 Dividendos
a 4412.1. Personal Natural residente en Colombiana
a 47. CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – RELACIONADAS……………………………………………….5,000
a 475. Dividendos
a 475.1. Persona Jurídica residente en Islas Virgenes Británicas
.
44.CUENTAS POR PAGAR A LOS ACCIONISTAS, DIRECTORES Y GERENTES.5,000
441 Accionistas (o Socios)
4412 Dividendos
4412.1. PN Colombiana
47. CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – RELACIONADAS…………………………5,000
475. Dividendos
475.1. PJ Islas Virgenes
a 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR…………………………………………………………………………………………………………410
a 401 Gobierno central
a 4017.1.2.IR 4.1%…..205
a 4017.1.2.IR 4.1%…..205
a 10.CAJA Y BANCOS………………………………………………………………………………..9,590
a 104.Cuentas Corrientes
a 1042 Cuentas corrientes para fines específicos
a 1042.1. Operaciones con PNcolombiana
a 1042.2. Operaciones con PJ Islas Virgenes
.

401. Gobierno Central. Incluye los tributos que representan ingresos del Gobierno Central, tanto por la empresa en su calidad de contribuyente como en su calidad de agente perceptor o retenedor.
104. Cuentas corrientes en instituciones financieras. Saldos de efectivo de la empresa en cuentas corrientes de disponibilidad inmediata.

64.GASTOS POR TRIBUTOS…5.75
649. Otros tributos
649.1. ITF
a 10. CAJA Y BANCOS………………………………………………………………………….5.75
a 104.Cuentas Corrientes

649. Otros tributos. Registra el importe de los gastos relacionados con otros impuestos, tasas y contribuciones, no incluidos en las subcuentas precedentes.

miércoles, 22 de julio de 2009

PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL - VERSION APROBADA

APRUEBAN USO OBLIGATORIO DEL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL




Mediante Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 042-2009-EF/94, de fecha 14 de noviembre del 2009, se postergó hasta el 2011 la aplicación obligatoria del Nuevo Plan Contable General, señalando que optativamente puede ser aplicado en el 2010.



Inicialmente la Resolución CNC Nº 041-2008-EF/94, de fecha 25 de octubre del 2008 aprobó el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial con vigencia a partir del 01-01-2010, y recomendó su aplicación anticipada desde el 2009.


Solamente se exceptúa de la aplicación del nuevo plan a las entidades facultadas por ley expresa a la formulación y aplicación de planes contables, manuales de contabilidad u otra denominación similar distintos.


En el siguiente enlace se puede descargar la versión aprobada:


El nuevo plan contable general empresarial establece también identificar elementos, cuentas, subcuentas, divisionarias y subdivisionarias como en el siguiente ejemplo:


6 —– Elemento (Elemento 6 para gastos por naturaleza)

Elemento: Se identifica con el primer dígito y corresponde a los elementos de los estados financieros, excepto para el dígito “8” que corresponde a la acumulación de información para indicadores nacionales, y el dígito “0” para cuentas de orden.


62 —– Rubro o Cuenta (Gastos del personal, directores y gerentes)

Rubro o cuenta: A nivel de dos dígitos, es el nivel mínimo de presentación de estados financieros requeridos, en tanto clasifica los saldos de acuerdo a naturalezas distintas.


621 — Subcuenta (Remuneraciones)

Subcuenta: Acumula clases de activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos del mismo rubro, desagregándose a nivel de tres dígitos.


6215–Divisionaria (Vacaciones)

Divisionaria: Se descompone en cuatro dígitos. Identifica el tipo o la condición de la subcuenta, u otorga un mayor nivel de especificidad a la información provista por las subcuentas. Es el caso por ejemplo, de las Cuentas por cobrar o pagar comerciales; de los Inmuebles, maquinaria y equipo, y de los Tributos.


62151 — Subdivisionaria (Vacaciones del personal administrativo)

Subdivisionaria:
Se presenta a nivel de cinco dígitos. Indica valuación cuando existe más de un método para medirla, u otorga un nivel de especificidad mayor.


Por ejemplo, en el caso de las Inversiones inmobiliarias, e Inmuebles, maquinaria y equipo, se distinguirá entre activos medidos al costo o valor razonable; y en lo referido a un mayor nivel de detalle, por ejemplo, se ha incorporado el tipo de vinculación entre partes relacionadas, en las cuentas por cobrar y pagar entre aquellas.


¿Cómo se contabilizarán los gastos bancarios correspondientes al mantenimiento de una cuenta?


Conforme al nuevo plan contable general empresarial se orienta el siguiente asiento:
63. Gastos por servicios prestados por terceros..xxx

639. Otros servicios prestados por terceros
6391. Gastos bancarios
a 45. Obligaciones financieros...................................................xxx
a 455. Costos de financiación por pagar.


La divisionaria 6391 gastos bancarios, acumula el gasto por los servicios recibidos de los bancos y otras instituciones financieras, tales como la gestión de cuentas bancarias y gastos de cobranzas de documentos, entre otros, los que corresponden a consumo intermedio desde el punto de vista económico.


La subcuenta 455 Costos de financiación por pagar, acumula todos los costos de financiación relacionados con obligaciones financieras contraídas de acuerdo con las subcuentas precedentes, tales como: intereses, comisiones, costos de reestructuración de deuda, legales y costos incrementales relacionados con la obligación financiera contraída.


Cabe resaltar que no se ha contemplado más dígitos para este Plan Contable General Empresarial, dejando la posibilidad a las empresas para que utilicen los apropiados de acuerdo con sus necesidades; por ejemplo, para clasificar los elementos de los estados financieros por segmentos operativos (véase la NIIF 8); saldos de acuerdo con la moneda de contratación (en lo que hace, por ejemplo, a la exposición de riesgos de cambio a que se refiere la NIIF 7), entre otros, hasta llegar al nivel de detalle requerido en los análisis de cuentas, como estados de cuenta de clientes y proveedores.


Alan Emilio M. B. – Abogado Tributarista y Bachiller en Contabilidad