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lunes, 4 de enero de 2010

Proyecto de resolución SUNAT sobre rentas de segunda categoría


SUNAT acaba de publicar un Proyecto de Resolución de Superintendencia que establecerá la obligación de presentar declaraciones del Impuesto a la Renta a los sujetos domiciliados en el país por las rentas de segunda categoría distintas de dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades, y de las provenientes de la enajenación, redención o rescate de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la Ley del Impuesto a la Renta, así como, autorizará a efectuar el pago del Impuesto a través de SUNAT Virtual. Dicho proyecto aprobará el formulario para la declaración y pago del Impuesto a la Renta de segunda categoría. Los comentarios al proyecto pueden dirigirse hasta el día 31 del mes de enero de 2010 a la siguiente dirección:

Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
Av. Garcilaso de la Vega N.° 1472, Lima.

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección: lpinto1@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es el Sr. Luis Fernando Pinto López

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/proyectos-ti/2009/diciembre/pn301209/caratula12/RS_formvirtualesv5.doc


lunes, 20 de octubre de 2008

RETENCIONES NO DOMICILIADOS - SEGUNDA CATEGORIA

Persona natural “no domiciliada” que percibe en nuestro país rentas de segunda categoría
El 01-07-2008, la señorita Adriana Beckham Scholes, de nacionalidad inglesa, ingresó a nuestro país con fines turísticos siendo su estadía dos meses. EL 11-09-2008 dicha persona efectuó un préstamo a la empresa “Churín Travel SA” por £.90,000.00 (noventa mil libras esterlinas) estableciéndose un interés fijo de £.9,000.00 (nueve mil libras esterlinas) que serían pagados el 03/10/2008. “Churín Travel SA” cumplió con pagar los intereses a través del sistema financiero.
Tipos de Cambio Promedio Ponderado publicados por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS)
03-10-2008 (Supuesto)
TC Compra £..........TC Venta £.
5.310......5.420

Desarrollo
De conformidad con los artículos 54 y 76 de la Ley del IR, “Churín Travel SA” deberá efectuar la retención del 30% sobre la totalidad del importe pagado por concepto de intereses a la persona natural no domiciliada; esta retención será a través del PDT 617 – Otras retenciones, dentro de los plazos previstos en el Código Tributario para las obligaciones de periodicidad mensual.

Conversión de la moneda extranjera a moneda nacional
De conformidad con el artículo 50 del Reglamento del IR, las rentas de segunda categoría en moneda extranjera se deben convertir a moneda nacional al tipo de cambio promedio ponderado compra vigente a la fecha de percepción de la renta, de acuerdo con la publicación que realiza la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

Mes de octubre
Renta Bruta £........................................£.9,000.00
Tipo de Cambio Compra de la fecha de percepción de la renta..S/.5.310 x 1 £.
Renta de fuente peruana.........................S/.47,790
Retención de IR (30%) de no domiciliados..S/.14,337
Diferencia a cancelar a la arrendadora = 47,790.00 – 14,337.00 =S/.33,453
S/.33,453 al Tipo de Cambio 5.310 = £.6,300

67 Gastos financieros ..47,790.00
673.Intereses por préstamos y otras obligaciones
673.7. Intereses -Préstamos de personas naturales
a 40 Tributos y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud....14,337.00
a 4017. Impuesto a la Renta
4017.2.2.Retención a no domiciliados
a 46 Cuentas por pagar diversas - Terceros................................33,453.00
a 469. Otras cuentas por pagar diversas
03/10/2008. Por la provisión de los intereses pagados por el préstamo y la retención de no domiciliados que se declara en el PDT 617.

46 Cuentas por pagar diversas - Terceros.33,453.00
469. Otras cuentas por pagar diversas
a 10 Caja y Bancos ..............................................33,453.00
a 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras
03/10/2008. Por la cancelación de los intereses a través del sistema financiero. S/.33,453.00 al tipo de cambio 5.310 = £.6,300 (libras esterlinas)

64 Gastos por tributos.......23.41
649. Otros tributos
649.1. ITF
a 10 Caja y Bancos............................................23.41
a 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras
03/10/2008. Por el ITF de la cancelación de los intereses en octubre, S/.33,453.00 x 0.07%.

40 Tributos y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud 14,337.00
4017. Impuesto a la Renta
4017.2.2.Retención a no domiciliados
a 10 Caja y Bancos ..........................................................................14,337.00
a 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras
03/10/2008. Por el pago de la retención de no domiciliados que fue declarada en el PDT 617- Otras retenciones dentro del calendario de obligaciones mensuales de octubre.