lunes, 23 de marzo de 2009

Retenciones de segunda categoría 2009 – Personas Naturales Domiciliadas

All Rights Reserved ® Se autoriza su difusión pero siempre citando al autor considerando la aplicación del Decreto Legislativo Nº 822 y la Ley estadounidense de protección de los derechos de autor


Un ingeniero industrial recién graduado en el 2009 ha desarrollado un invento de gran utilidad en diferentes tipos de industrias. Dicha persona ha recibido ofertas de tres empresas las cuales convienen en pagarle S/.30,000.00, S/.40,000.00 y S/.50,000.00 mensuales por la transferencia de sus conocimientos técnicos e industriales, siendo necesario evaluar el tipo de renta que genera el referido ingeniero.

Considerando los alcances del artículo 27 de la Ley del Impuesto a la Renta existe una presunción de lo que se considera como regalía:

“Cualquiera sea la denominación que le acuerden las partes, se considera regalía a toda contraprestación en efectivo o en especie originada por el uso o por el privilegio de usar patentes, marcas, diseños o modelos, planos, procesos o fórmulas secretas y derechos de autor de trabajos literarios, artísticos o científicos, así como toda contraprestación por la cesión en uso de los programas de instrucciones para computadoras (software) y por la información relativa a la experiencia industrial, comercial o científica.

A los efectos previstos en el párrafo anterior, se entiende por información relativa a la experiencia industrial, comercial o científica, toda transmisión de conocimientos, secretos o no, de carácter técnico, económico, financiero o de otra índole referidos a actividades comerciales o industriales, con prescindencia de la relación que los conocimientos transmitidos tengan con la generación de rentas de quienes los reciben y del uso que éstos hagan de ellos.”

Conforme a esta norma, el ingeniero percibirá ingresos por regalías, los cuales califican como rentas de segunda categoría conforme al inciso c) del artículo 24 de la Ley del IR.

Para el 2009, se debe considerar la aplicación de lo establecido en el primer párrafo del artículo 36 de la Ley del IR:

“Para establecer la renta neta de la primera y segunda categoría, se deducirá por todo concepto el veinte por ciento (20%) del total de la renta bruta.”

Además las empresas que paguen estas rentas de segunda categoría se encuentran obligadas a retener en forma definitiva el 6.25% sobre la renta neta tal como lo establece el artículo 72º de la Ley del IR:

“Las personas que abonen rentas de segunda categoría retendrán el Impuesto correspondiente con carácter definitivo aplicando la tasa de seis coma veinticinco por ciento (6,25%) sobre la renta neta”.

EMPRESA SA EMPRESA SRL EMPRESA SAC
Regalía pagada 30,000.00 40,000.00 50,000.00
Deducción 20% (6,000.00) (8,000.00) (10,000.00)
Renta neta 24,000.00 32,000.00 40,000.00
IR 2° Categ. 1,500.00 2,000.00 2,500.00
Saldo a pagar
al ingeniero
neto de
la retención 28,500.00 38,000.00 47,500.00

Las empresas pagadoras de las regalías al inventor deberán efectuar las retenciones mensuales y pagarlas con la presentación del PDT 617-Otras retenciones, y a la vez extenderle un certificado de rentas y retenciones al ingeniero industrial por éste importe.

Contablemente la empresa SA:
DEBE HABER
65 Otros gastos de gestión 30,000.00
652. Regalías
a 40 Tributos y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud 1,500.00
a 4017. Impuesto a la Renta
a 4017.1.2.Regalías segunda categoría
a 46 Cuentas por pagar diversas - Terceros 28,500.00
a 469. Otras cuentas por pagar diversas
2009. Por la provisión de las regalías y la retención de no domiciliados que se declara en el PDT 617.
.
DEBE HABER
46 Cuentas por pagar diversas - Terceros 28,500.00
469. Otras cuentas por pagar diversas
a 10 Caja y Bancos 28,500.00
a 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras
2009. Por la cancelación del pago por regalías
.
DEBE HABER
64 Gastos por tributos 17.10
649. Otros tributos
649.1. ITF
a 10 Caja y Bancos 17.10
a 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras
2009. Por el ITF de la cancelación del pago por regalías, S/.28,500.00 x 0.06%.
.
DEBE HABER
40 Tributos y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud 1,500.00
4017. Impuesto a la Renta
4017.1.2. Regalías segunda categoría
a 10 Caja y Bancos 1,500.00
a 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras
2009. Por el pago de la retención de no domiciliados que fue declarada en el PDT 617- Otras retenciones dentro del calendario de obligaciones mensuales.

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