jueves, 21 de enero de 2010

Decreto Supremo Nº 011-2010-EF modifica reglamento del IR

Mediante Decreto Supremo Nº 011-2010-EF se introducen sustituciones e incorporaciones al Reglamento del Impuesto a la Renta relacionadas con las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 972 y la Ley Nº 29492.
A su vez se puntualiza que la exoneración del Ir prevista en el inciso i) del artículo 19 de la Ley se aplica a los intereses percibidos por personas naturales, sociedades conyugales que optaron por tributar como tales y sucesiones indivisas, que no califiquen como rentas de tercera categoría.

Un aspecto de importancia es la incorporación de la fórmula para determinar el Costo Promedio Ponderado como costo computable tratándose la enajenación de acciones y participaciones de una sociedad, todas con iguales derechos, que fueron adquiridas o recibidas por el contribuyente en diversas formas u oportunidades.

Ver informe completo: http://www.tributacionperu.com/blog/?p=292

miércoles, 20 de enero de 2010

Seminario en Chimbote sobre IR 22 y 23 de enero


Resumen Seminario en Chimbote sobre IR 22 y 23 de enero

Hora y fecha de inicio 22/01/10 pm 4:00
Hora y fecha de fin 23/01/10 pm 1:00
Localización Cámara de Comercio y Producción de la Provincia del Santa CHIMBOTE
Contacto Jr. Ladislao Espinar 469 – Chimbote
Descripción Declaración Jurada Anual 2009 TEMARIO

1. Principio de Causalidad. Adecuada Acreditación y Fehaciencia de los desembolsos incurridos
2. Principio del Devengado y su incidencia en las Rentas Empresariales.
2.1. Gastos correspondientes a importes que para su perceptor califican como rentas de segunda, cuarta y/o quinta categoría.
3. La importancia de la Bancarización para la deducibilidad de los gastos
4. Análisis de los Principales Gastos Deducibles
4.1. Gastos Financieros
4.2. Cobranza Dudosa
4.3. Gastos de Viaje y Viáticos al interior y exterior del país.
4.4. Planilla de movilidad de trabajadores.
4.5. Gastos de Representación
4.6. Gastos de publicidad y promocionales
4.7. Mermas y desmedros de existencias
4.8. Pérdidas extraordinarias y delitos cometidos contra el contribuyente
4.9. Depreciación. Análisis de la Depreciación Acelerada
4.10. Gastos en beneficio del personal
4.10.1. Aguinaldos
4.10.2. Gastos recreativos
4.10.3. Gastos de capacitación y entrenamiento al personal
4.11. Remuneración al Directorio
5. Frecuentes Conceptos No Deducibles
5.1. Liberalidades
5.2. Comprobantes de pago que no cumplen requisitos y/o características del RCP
5.3. Comprobantes de pago emitidos por sujetos no habidos
6. Compensación de Pérdidas Tributarias
7. Aplicación de Créditos contra el Impuesto a la Renta. (Saldos a favor, pagos a cuenta, ITAN)
8. Jurisprudencia del Tribunal Fiscal y Criterios de la Administración Tributaria, relevantes para el Cierre del Ejercicio Tributario 2009

Fecha
22 y 23 de Enero

Hora
4:00 pm a 8:00 pm y 9:00 am a 1:00 pm

Lugar
Cámara de Comercio y Producción de la Provincia del Santa
Jr. Enrique Palacios N° 536 – Chimbote


INFORMES: Jr. Ladislao Espinar 469 – Chimbote

Teléfono: 043-344754

Celular: 943-540393 – 01992758342

Nextel: 132*6772

Email: victoriaguillermoq@hotmail.com

Expositor:

Alan Emilio Matos Barzola


Abogado Tributarista y Bachiller en Contabilidad. Especialista en Tributación Empresarial y en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) con amplia experiencia en procesos contenciosos tributarios. Asesor Tributario Contable en el Estudio Caballero Bustamante. Egresado del 48° Curso de Administración Tributaria de selección nacional (CAT 2007) del Instituto de Administración Tributaria y Aduanera de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (IATA – SUNAT).

Expositor en materia tributaria a nivel nacional en los Colegios de Contadores Públicos de Lima, Huaraz, Ica, Callao y Madre de Dios, así como en la Universidad Nacional Antunez de Mayolo de Huaraz , Universidad César Vallejo (Trujillo y Lima Norte); Universidad Andina del Cusco – Filial Puerto Maldonado en el departamento de Madre de Dios; en la Universidad Nacional Federico Villarreal; Universidad Nacional Amazónica (Madre de Dios); Universidad Privada San Juan Bautista; Universidad Nacional del Callao; en los departamentos de Junín y Ayacucho, así como en el auditorio de FONAFE.

Ex miembro del Área Tributaria del Estudio Navarro, Ferrero y Pazos Abogados y de la Central de Consultas Tributarias de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).

martes, 19 de enero de 2010

COMUNICADO DE SUNAT


COMUNICADO DE SUNAT


Señor Contribuyente:

Por problemas en Nuestra Plataforma Web, si usted cuenta con la clave SOL y su vencimiento ha sido el día lunes 18 de enero (dígito 2), podrá presentar sus declaraciones elaboradas con el PDT, hasta el día martes 19 de enero de 2010.

Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas y agradecemos su comprensión.

Lima, 19 de enero de 2010

http://www.sunat.gob.pe/mensajes/enero/2010/manteCambioVencimiento-190110.html

Ley 29498 ley de promoción a la inversión en capital humano


La Ley Nº 29498, publicada el 19 de enero del 2010 modifica los alcances del inciso ll) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta a partir del 01 de enero del 2011.

Se precisa los alcances del criterio de generalidad en cuanto a los gastos de capacitación, dicha norma establece un límite del 5% del total de los gastos deducidos en el ejercicio.

Ver informe completo en nuestro web site: http://www.tributacionperu.com/blog/?p=105

Nuevamente la información antes que los demás en DERECHOPERU parte de la familia www.tributacionperu.com

domingo, 17 de enero de 2010

Cartilla SUNAT para declarar ejercicio 2009


Estimados amigos

SUNAT acaba de publicar en su portal web la casilla de instrucciones para las declaraciones de personas naturales y de entidades generadoras de renta de tercera categoría respecto del ejercicio 2009, la cual puede ser descargada directamente en el siguiente enlace:


Debemos indicar que esta información de SUNAT es solamente referencial y permitirá orientar una debida declaración para lo cual es recomendable estar bien asesorados en la determinación de los campos involucrados:

Los PDT 663 y PDT 664 ya pueden ser descargados del portal web de SUNAT no esperen hasta la última hora y declaren lo antes posible. La novedad del PDT 664 es que solicita identificar el tipo de plan contable empleado en la contabilidad, sea Plan Contable General Empresarial o cualquier otro permitido por ley.

Nuevamente la información la proporcionamos al instante. http://www.tributacionperu.com/