lunes, 19 de abril de 2010

Definición de maquinarias y equipo para efectos del ITAN

All Rights Reserved ® Se autoriza su difusión pero siempre citando al autor considerando la aplicación del Decreto Legislativo Nº 822 y la Ley estadounidense de protección de los derechos de autor
Las entidades obligadas a presentar el ITAN, a menudo han tenido la inquietud de identificar las deducciones aplicables a la base imponible, entre las cuales destaca la establecida en el inciso b) del artículo 5 de la Ley Nº 28424:

No se considerará en la base imponible del impuesto lo siguiente:

b). El valor de las maquinarias y equipos que no tengan una antigüedad superior a los tres (3) años
.”


Por estas consideraciones aclararemos el significado tributario de “maquinarias y equipo”, para efectos del ITAN.

Ver Informe completo en nuestro web site:
http://www.tributacionperu.com/blog/archives/371

All Rights Reserved ® Se autoriza su difusión pero siempre citando al autor considerando la aplicación del Decreto Legislativo Nº 822 y la Ley estadounidense de protección de los derechos de autor

Nuevamente mientras otros adivinan o preguntan en TRIBUTACIÓN PERÚ aclaramos nuevamente el panorama

www.tributacionperu.com

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