viernes, 10 de octubre de 2008

KNOW HOW



KNOW HOW

De acuerdo con la definición de la Cámara Internacional de Comercio, el Know How es entendido como la totalidad de los conocimientos, del saber especializado y de la experiencia, volcados en el procedimiento y en la realización técnica de la fabricación de un producto, precisando que dicho concepto puede designar no solamente fórmulas y procedimientos secretos, sino también una técnica que guarde conexión con procedimientos de fabricación patentados y que sea necesaria para hacer uso de la patente y que también puede designar procedimientos prácticos, particularidades y procedimientos especializados técnicos, que hayan sido obtenidos por un productor a través de la investigación y no deben ser adquiridos por la competencia.

En la presente resolución, el Tribunal Fiscal precisa que el Know How implica los conocimientos y experiencias de orden técnico, comercial y económico de la empresa AAAA, cuya utilización le permite, o llegado el caso, le es posible no solo la producción y venta de objetos, sino también otras actividades empresariales, tales como, la organización y administración. Para el Tribunal resulta razonable que AAAA haya celebrado un Convenio de Prestación de Servicios y Obligación de No Hacer con el señor XXXX, mediante el cual se comprometió a no ejercer cargo similar al de Gerente General Corporativo ejercido en la empresa AAAA por un periodo de dos años, evitando de esta manera que la información respecto a sus estrategias de producción, administración, ventas y todo lo que aquello implique sea conocido o utilizado por empresas de la competencia. En tal sentido si guardaría relación directa con la fuente productora de renta de AAAA cumpliendo el principio de causalidad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario