lunes, 4 de enero de 2010

Proyecto de resolución SUNAT sobre rentas de segunda categoría


SUNAT acaba de publicar un Proyecto de Resolución de Superintendencia que establecerá la obligación de presentar declaraciones del Impuesto a la Renta a los sujetos domiciliados en el país por las rentas de segunda categoría distintas de dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades, y de las provenientes de la enajenación, redención o rescate de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la Ley del Impuesto a la Renta, así como, autorizará a efectuar el pago del Impuesto a través de SUNAT Virtual. Dicho proyecto aprobará el formulario para la declaración y pago del Impuesto a la Renta de segunda categoría. Los comentarios al proyecto pueden dirigirse hasta el día 31 del mes de enero de 2010 a la siguiente dirección:

Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
Av. Garcilaso de la Vega N.° 1472, Lima.

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección: lpinto1@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es el Sr. Luis Fernando Pinto López

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/proyectos-ti/2009/diciembre/pn301209/caratula12/RS_formvirtualesv5.doc


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