jueves, 23 de octubre de 2008

RECURSO DE AMPARO - RESOLUCION DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL



EXP. Nº 01060-2007-PA/TC (17-12-07)

NO ES VIABLE INTERPONER DEMANDA DE AMPARO CONTRA LA RESOLUCIONES COACTIVAS DE SUNAT SI EXISTE UN PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-TRIBUTARIO EN TRÁMITE.

El contribuyente argumenta que las medidas cautelares previas dictadas a través de las Resoluciones Coactivas carecen de motivación legal que fundamente la decisión de embargar sus fondos y demás propiedades, pues la deuda tributaria determinada como consecuencia de la fiscalización supera el 25% de su Patrimonio Neto y la cobranza podría devenir en infructuosa.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional hace referencia a que no proceden los procesos constitucionales cuando no se hayan agotado las vías previas, y el contribuyente ha presentado recurso de reclamación contra las citadas Resoluciones, por lo que es evidente que existe un procedimiento contencioso tributario en trámite y que se requiere que el contribuyente culmine con esta vía previa a fin de que la demanda de amparo cumpla con los requisitos de procedencia y pueda ser atendida.
Asímismo, el Tribunal sostiene que la existencia de medidas cautelares previas no implica que se vaya a ejecutar el embargo, el que resulta inexigible mientras se transita por la vía administrativa.

Además, se debe tener en consideración que el contribuyente cuenta con la posibilidad de solicitar el levantamiento de la medida si otorga carta fianza bancaria o financiera o alguna otra garantía que, a criterio de la SUNAT, sea suficiente para garantizar el monto por el cual se trabó la medida, conforme lo establece el artículo 57 del TUO del Código Tributario.

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